La CIDH ya ha advertido sobre el “riesgo” que conlleva la “provisionalidad indefinida” de funcionarios en la administración de justicia
Un llamado “urgente” a la procuradora general de la Nación, Kenia Isolda Porcell para que elimine del Ministerio Público (MP) “la práctica de designaciones interinas de fiscales” que “pudieran permitir injerencias externas” sobre los casos que ventilan, fue realizado por el Colegio Nacional de Abogados (CNA) en nota enviada a la jefa del MP, con fecha del pasado lunes, 11 de julio.
“Respetada Procuradora, en nombre de la abogacía panameña solicitamos de forma urgente, que el Ministerio Público elimine de la Institución a su cargo, la práctica de designaciones interinas de Fiscales que ponen en cuestionamiento a todo el sistema de administración de justicia”, pide el CNA en la misiva firmada por el presidente del gremio, José Alberto Álvarez.
De esta forma, el CNA comparte la preocupación planteada por el abogado Luis Eduardo Camacho González quien expresó a la organización de juristas, de forma escrita, las justificadas inquietudes que le envuelven por la interinidad del cargo del fiscal Sexto Anticorrupción, Aurelio Vásquez, que investiga su caso, y quien, además, está sujeto a la renovación de su cargo cada tres meses, “situación que valora como una condición que puede permitir injerencias externas sobre el expediente que se ventila”.
Ante esta situación el CNA considera oportuno traer a colación lo que, sobre materia similar, ha planteado la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que ha advertido que “la provisionalidad indefinida y en ausencia de garantías de estabilidad para un operador de justicia conlleva el riesgo de que tome sus decisiones sólo con el objeto de complacer a la autoridad de la cual depende la renovación de su nombramiento o permanencia en el cargo, generando por lo tanto, una duda objetiva sobre la posibilidad efectiva de que puedan participar de manera independiente en los procesos, sin temor a represalias”.
De acuerdo al CNA, lo anterior también “lo ha señalado de igual forma la Corte Interamericana respecto de jueces y juezas en situación de provisionalidad”. Y en conclusión para la CIDH, subraya el Colegio, la estabilidad de las y los operadores de justicia provisorios está estrechamente ligada a la garantía contra presiones externas e internas, ya que si no tienen la seguridad de permanencia durante un período determinado serán vulnerables a presiones de diferentes sectores, principalmente de quienes tienen la facultad de decidir sobre sus destituciones.
“Es por ello que la Comisión insta a los Estados a que aseguren que en las legislaciones internas se regule en forma clara y precisa el régimen de duración de provisionalidad con la garantía expresa de la estabilidad que deben de tener en sus cargos mientras se cumple el período preestablecido o se cumpla la condición resolutoria, de tal manera que durante dichos períodos sólo puedan ser separados por motivos de carácter disciplinarios a través de un proceso que revista las debidas garantías”, indica la carta enviada a la procuradora Porcell.