viernes, mayo 30, 2025
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Asamblea Nacional aprueba proyecto de Moratoria en tercer debate

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El pleno legislativo aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley No.287, mejor conocido como «Ley de Moratoria», que dicta medidas económicas y financieras para contrarrestar los efectos del COVD 19 en la República de Panamá.

La iniciativa, busca beneficiar aquellos panameños que se les ha suspendido o cesado sus contratos laborales, dándole un periodo de gracia hasta el 31 de diciembre 2020, para pagar sus compromisos económicos con los bancos, financieras y cooperativas.

La proponente del documento, la diputada Zulay Rodríguez, manifestó que la banca no está de acuerdo con el proyecto, pero se legisla a favor de los panameños que necesitan de una moratoria.

Se conoció que el Artículo 3 del proyecto, señala que una vez vencido el término de la moratoria establecido en la presente ley, los acreedores, de común acuerdo con el deudor, deberán establecer los mecanismos necesarios para que el deudor cliente pueda retomar, a través del refinanciamiento o prorrateo de sus compromisos, sin que ello conlleve el cobro de recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos, ni afectación en su referencia de crédito.

El proyecto destaca en su Artículo 5 que, la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos deberá adoptar medidas con los prestadores de servicios públicos para que, a las radioemisoras nacionales, dentro de la declaratoria de emergencia y en cumplimiento de su función social de informar a la población, se les pueda otorgar una moratoria del pago por noventa días prorrogables.

Las las entidades bancarias, cooperativas o financieras no podrán efectuar cobros, aumentar las tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier tipo de interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo.

La Superintendencia de Bancos, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, el Ministerio de Comercio e Industrias y demás autoridades competentes, estarán obligados a velar por su estricto cumplimiento y aplicarán las sanciones establecidas.

De ser sancionado por el Presidente, la Ley aplicará a todos los trabajadores a quienes se les haya reducido su jornada laboral con disminución de su salario, suspendido o cesado su contrato laboral, así como a las personas naturales, jurídicas o independientes que hayan reducido o cerrado operaciones, producto de la pandemia del COVID 19.

Colombia activa un plan de rastreo para romper la cadena de contagios por COVID-19

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Bogotá, Colombia (EFE).– El Gobierno colombiano puso en marcha en tres ciudades del país un plan piloto de la estrategia de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS) para limitar la velocidad de transmisión del coronavirus.

El PRASS se aplicará inicialmente en Cartagena de Indias (Bolívar), Quibdó (Chocó) y Palmira (Valle del Cauca), ciudades que acumulan 5.858 de los 57.046 casos nacionales.

Con esta estrategia se busca identificar, mediante un proceso de búsqueda activa y en el mayor tiempo posible, a los contactos de pacientes con COVID-19 para prevenir la propagación de los contagios.

«Para garantizar que la estrategia funcione debemos rastrear un promedio de 30 contactos por cada caso positivo. Debemos hacerlo rápido e incluir a los que tienen síntomas, incluso antes de que los presenten, y a los que no», explicó el gerente para la Atención Integral de la Pandemia, Luis Guillermo Plata.

El programa, que luego será aplicado en el resto del país, permitirá que Colombia pase de tener a todos sus ciudadanos en confinamiento obligatorio, medida que rige desde el 25 de marzo, a focalizar el aislamiento y las muestras diagnósticas en poblaciones de alto riesgo.

«Se hace la prueba y si da positiva se hace todo el rastreo de contactos, estos se ubican y se les hace un aislamiento preferiblemente en casa», detalló el asesor de la Gerencia, Andrés Villamizar.

Uno de los compromisos del Gobierno es garantizar una habitación en hotel o un albergue para las personas de la red de contactos que no puedan cumplir la cuarentena en sus hogares, además de proveerles manutención y atención de telemedicina.

PRUEBAS FOCALIZADAS

Las pruebas base se practicarán a pacientes sospechosos hospitalizados o en urgencias por cualquier síntoma respiratorio y a aquellos sintomáticos en cualquier otro servicio de salud.

También a grupos vulnerables o con alto riesgo de contagios como el personal de salud, fuerza pública, población inmigrante y carcelaria, y trabajadores de centrales de abastos.

Además, tienen prioridad los contactos cercanos a pacientes positivos y a personas fallecidas por COVID-19 o víctimas mortales sospechosas sin prueba.

«Si uno ve que la persona positiva tuvo contacto con un adulto mayor o una persona hipertensa hay que tener más cuidados. La dificultad para entrar en aislamiento selectivo sostenible también hay que identificarla porque si la persona no puede hacerlo hay que facilitar esas condiciones», explicó Villamizar.

Con esta estrategia Colombia espera identificar 30 contactos por cada caso positivo para luego escoger de estos a quienes le serán practicadas las pruebas, aunque todos deberán permanecer en aislamiento de 14 días incluso si no presentan síntomas.

«PRASS es una estrategia nacional para romper la cadena de transmisión del virus. El rastreo de contactos es un mecanismo absolutamente conocido y de efectividad demostrada para recortar el número de casos de COVID-19», agregó Villamizar.

EN MANOS DE RASTREADORES

Para implementar este plan piloto el Gobierno habilitó dos tipos de rastreo: el manual, que hace el seguimiento de los casos a través de llamadas, y un proceso casa a casa en las regiones de difícil acceso.

«Si yo diera positivo a mí me llaman y me preguntan qué día comenzaron mis síntomas. Si contesto que iniciaron el lunes, entonces yo fui contagioso potencialmente el domingo y el sábado, y el rastreador me va a preguntar con quién estuve esos días. Es una labor un poco de detective», detalló Villamizar.

El funcionario agregó que «en algunos casos y en algunos sitios de Colombia será necesario hacerlo a pie, caminando los barrios y reconstruyendo el recorrido de la persona contagiada».

Los rastreadores, explicó, serán personas de cualquier disciplina, entrenadas previamente para hacer el monitoreo de los contactos y otorgar al posible sospechoso un nivel de riesgo (alto, medio o bajo).

Luego, estos contactos serán remitidos a profesionales de la salud que determinarán si el caso requiere prueba, una visita del equipo de vigilancia o un servicio de urgencia.

LA CLAVE DEL ÉXITO

El primer paso para que el PRASS sea exitoso es fortalecer la capacidad hospitalaria ya instalada en cuanto a vigilancia de salud pública, principalmente en aquellos territorios en los que el sistema es precario.

«Lo que nos permite pasar a la ofensiva contra el virus es esta estrategia. Tenemos una muy corta ventana de oportunidad de tres días para actuar, entonces la alta velocidad de ejecución, la alta cantidad de pruebas y el compromiso ciudadano son las claves para poder cumplir», detalló Villamizar.

Colombia ya tiene experiencia en este tipo de estrategias y es reconocida a nivel mundial por haber sido declarado país libre de sarampión gracias a la ejecución de un plan de rastreo del Instituto Nacional de Salud (INS).

Twitter ya permite añadir mensajes de voz en los tuits de algunos usuarios

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San Francisco, EEUU (EFE).– Twitter anunció este miércoles que ha empezado a permitir que algunos usuarios que acceden a la red social mediante dispositivos de Apple con sistema operativo iOS añadan a sus tuits mensajes de voz de 140 segundos de duración.

En una entrada en el blog oficial de la compañía, la diseñadora de producto Maya Patterson y el ingeniero de software Rémy Bourgoin revelaron la novedad, que por el momento sólo está disponible «para un grupo limitado de personas», todas ellas usuarios de teléfonos iPhone o tabletas iPad.

«A veces, 280 caracteres no bastan y se pierden algunos matices de la conversación. Así que a partir de hoy, empezamos a probar una nueva funcionalidad que añadirá un toque más humano a la manera en cómo usamos Twitter: tu propia voz», escribieron los empleados de la red social del pájaro azul.

Para añadir a un tuit un mensaje de voz, el internauta deberá pulsar el nuevo icono en que aparecen representadas longitudes de onda antes de publicarlo, lo que abrirá una pantalla con un botón de grabación que permitirá registrar un audio de hasta 140 segundos.

En caso de que se superen estos 140 segundos, Twitter automáticamente iniciará una nueva grabación que se publicará en un nuevo tuit a la manera de uno de los tradicionales hilos de la plataforma.

El resto de usuarios verán entonces el tuit publicado con una imagen en la que se indica que va acompañado de un mensaje de audio, sobre la que deberán hacer click si quieren escucharlo.

La empresa con sede en San Francisco (California, EE.UU.) explicó que el objetivo es que esta función esté disponible para todos los internautas que usen un sistema operativo iOS en las próximas semanas, pero no dio detalles acerca de si en el futuro se ampliará también a los usuarios de Android.

Twitter informó en abril de que durante el primer trimestre de 2020 registró unas pérdidas de 8 millones de dólares que se contraponen con los 191 millones de beneficios que obtuvo en el mismo período de 2019, un cambio que la compañía atribuyó a una ralentización de los ingresos mayor de lo esperado como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

Panamá prorroga hasta el 23 de julio la suspensión de vuelos internacionales

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Ciudad de Panamá (EFE).– Panamá prorrogó por tercera vez y hasta el 23 de julio próximo la suspensión de los vuelos internacionales debido a la pandemia de la COVID-19, que deja al menos 21.962 contagios y 457 muertos en este país centroamericano.

Esa nueva prórroga de 30 días y adoptada «por razones de salud pública» fue dictada por la Autoridad Aeronáutica Civil (AAC) una semana antes de que venza, el próximo 23 de junio, la suspensión vigente, y apareció este miércoles publicada en la gaceta oficial.

La suspensión se aplica a las rutas comerciales, exceptuando vuelos humanitarios y aquellos que transporten productos, medicinas, equipo médico-hospitalario, vacunas e insumos de salud pública para afrontar la pandemia por el coronavirus.

Esta es la tercera prórroga desde que el pasado 22 de marzo suspendieron por primera vez los vuelos internacionales, una decisión que se sumó a la anterior cancelación temporal de los viajes desde y hacia Europa y Asia y a la prohibición de la entrada de extranjeros.

Durante la pandemia, Panamá ha asumido el rol de «hub humanitario» para la recepción y distribución de insumos médicos para el país y la región.

Desde el Aeropuerto Internacional de Tocumen, un importante centro de conexiones regional, han salido varios vuelos humanitarios con destino a México, EE.UU, Francia e Italia en las últimas semanas, así como ha recibido a otros aviones de Belice, Honduras, Guatemala y El Salvador.

Panamá vive un rebrote de COVID-19 con cifras récord de casos diarios en la última semana, lo que llevó a las autoridades a reimplantar desde el pasado 8 de junio las restricciones de movilidad por género y número de identificación en la capital y en Panamá Oeste, las provincias más populosas del país.

Las autoridades sanitarias vinculan el rebrote de la enfermedad con la apertura de los dos primeros de los seis bloques en que se ha dividido la reactivación de la economía del país, que este año se caerá en al menos un 2 % según todos los pronósticos.

SESIONES EXTRAORDINARIAS. Ley de Moratoria pasa a tercer debate

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El pleno legislativo aprobó en segundo debate las modificaciines al Proyecto de Ley No. 287, que dicta medidas económicas y financieras para contrarrestar los efectos del COVID-19 en la República de Panamá, tras ser vetada parcialmente por el Ejecutivo.

Los diputados aprobaron  modificaciones a los artículos 2,4,5,7 y la eliminación del 3.

Las modificaciones al articulo 2 señala una moratoria sobre los préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras hasta el 31 de diciembre de 2020, para las personas naturales y jurídicas afectadas económicamente, debido al Estado de Emergencia Nacional con motivo del  COVID -19. Esta moratoria es extensiva a los préstamos otorgados por cooperativas y financieras, tanto públicas como privadas.

Prestamos hipotecarios residenciales, préstamos personales,  de auto, tarjetas de crédito, préstamos a la pequeña y mediana empresa, préstamos comerciales, al sector transporte, agropecuario y créditos de consumo.

Será suficiente para acreditar el estado de incapacidad o insolvencia para el pago de los compromisos señalados en este artículo, la presentación de declaración jurada en papel simple o ante Notario Público, para las personas naturales, jurídica e independiente donde hagan constar la afectación en sus ingresos; o la carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de la jornada de trabajo, para los empleados del sector público o privado.

El Artículo 4 establece que una  vez vencido el término de la moratoria establecido en la presente ley, los acreedores, de común acuerdo con el deudor, deberán establecer los mecanismos necesarios para que el deudor cliente pueda retomar, a través del refinanciamiento o prorrateo de sus compromisos, sin que ello conlleve el cobro de recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos, ni afectación de su referencia de crédito.

El Artículo 5 modificado plantea que el  monto del bono solidario que recibirán los trabajadores formales, a los cuales se les ha suspendido provisionalmente su contrato laboral o han sido cesados de su relación formal o los trabajadores informales que se han visto afectados por la crisis causada por la pandemia del COVID-19, será determinado por el Órgano Ejecutivo.

El Artículo 7  deja claro que las entidades bancarias, cooperativas y financieras no podrán efectuar cobros, aumentar las tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo, sobre todos los créditos incluidos en el articulo 2 de la presente ley, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2020. La Superintendencia de Bancos, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, el Ministerio de Comercio e Industria y demás autoridades competentes, estarán obligados a velar por su estricto cumplimiento y aplicaŕan las sanciones establecidas.

Esto aplicará a todos los trabajadores que se les haya suspendido, reducido su jornada laboral con disminución de su salario o cesado su contrato laboral. Así como a las personas naturales, jurídicas o independientes que hayan reducido o cerrado operaciones, producto de la pandemia por el COVID-19

El documento entrará hoy, último día de seisiones extraordinarias, en tercer debate, para cual se ha convocado el primer llamado a las 10:00a.m.

La Gaceta