Luego de que diferentes juntas circuitales de escrutinio iniciaran con las proclamaciones de los diputados electos, muchas interpretaciones incorrectas de las normas electorales han circulado en las redes sociales, razón por la cual el Tribunal Electoral ha tenido que aclarar a la ciudadanía las noticias vertidas por algunas cuentas sociales que han contribuido con la desinformación.
Una de las interpretaciones difundidas ha sido la que indica que un Partido Político o Lista de Libre Postulación que haya obtenido curules por cociente o medio cociente, no puede participar en la distribución de curules por residuo, sin embargo, en el Acuedo de Pleno 10-1 de 11 de febrero de 2019, los magistrados del Tribunal Electoral hicieron la aclaración señalando que en el reparto de curules por residuo en los circuitos plurinomaniales pueden participar los partidos políticos o las listas de candidatos por libre postulación.
La información que circula en redes sociales es: FALSA. Todos los partidos y listas participan en el residuo, hayan tenido o no curules por cociente o medio cociente. Acuerdo del Pleno 10-1 del 11 de febrero de 2019 #BoletínElectoral 4,483-B del viernes 8 de marzo de 2019 pic.twitter.com/jYwK6IFF7k
— Tribunal Electoral (@tepanama) 7 de mayo de 2019