El Tribunal Electoral reglamentó mediante Decreto 31 de 31 de mayo de 2018, los artículos 10 y 11 del Código Electoral para el proceso de inscripción y votación para los ciudadanos que utilizarán el voto adelantado en las Elecciones Generales del 2019, tal cual estaba identificado en el decreto 12 de 2017 reglamentario de las elecciones generales.
El voto adelantado consiste en el ejercicio del sufragio antes del día del evento electoral, solo para el cargo de presidente de la República.
Podrán ejercer el sufragio mediante el mecanismo del voto adelantado: a) los panameños que el día de las elecciones estén fuera del país; b) Los miembros de la Fuerza Pública; c) Los miembros del Cuerpo de Bomberos; d) Los del Sistema Nacional de Protección (Sinaproc); e) Los delegados electorales, servidores del Tribunal Electoral y de la Fiscalía General Electoral.
Para tal fin, deberán inscribirse en el TE, preferentemente en la regional más cerca de su residencia, entre el 1 de noviembre de 2018 y el 31 de enero de 2019, siempre que tengan cédula de identidad personal, estén inscritos en el Padrón Electoral Preliminar, y en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. Todos estos funcionarios deberán firmar una declaración jurada y presentarán un carné que los identifique como tales.
Los panameños que tienen planeado estar fuera del país el 5 de mayo de 2019, tendrán que firmar una declaración jurada.
El periodo para ejercer el sufragio por medio del voto adelantado será del 4 de marzo al 4 de abril de 2019 en la regional que hayan seleccionado para ello.
Los electores que se inscriban en este registro serán excluidos del padrón de la mesa en que debían aparecer en el Padrón Electoral fotográfico final.