La reforma al Código Electoral aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 9 de octubre, fue sancionada y publicada en Gaceta Oficial la noche de hoy (13.10.2023), convirtiéndose en la Ley 403.
La normativa, que había sido aprobada por la Asamblea Nacional con 43 votos favorables y 10 en contra, permite que, en circuitos plurinominales, dos o más partidos postulen hasta un candidato común a diputado por alianza, el que competirá sujeto a la regla siguiente:
- En su partido compite por el cociente, medio cociente y residuo. Mientras que en el partido o los partidos aliados compiten únicamente por el residuo y serán identificados por la letra “R”; a tal efecto solamente se sumarán los votos obtenidos por los candidatos en los diferentes partidos para efecto del Residuo.
- Cada alianza podrá realizar hasta una postulación común por circuito electoral, los partidos políticos no podrán tener a más de un candidato dentro de sus listas de partidos postulados en otro partido identificado con la letra “R”; esta norma aplicará para el caso de las postulaciones de concejales previstas en el artículo 384.
La norma fue aprobada y sancionada pese a que el Tribunal Electoral tenía una opinión desfavorable, en virtud de que el país se encuentra en medio del proceso electoral.
Los defensores de la modificación del Código Electoral, señalan que esta reforma se aclara la aplicación del Residuo para evitar interpretaciones antojadizas.