jueves, abril 25, 2024

Presidente Cortizo sanciona la Ley que crea régimen de Asociación Público Privadas

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El Presidente de la República, Laurentino Cortizo, sancionó este jueves 19 de septiembre la Ley que crea el Régimen Especial de Asociación Público-Privadas (APP), mediante la cual pretende reactivar la economía nacional, generar empleos y efectuar contrataciones bajo el nuevo régimen.

El presidente Cortizo, expresó su optimismo con la sanción de la Ley, ya que propicia la reactivación económica facilitando la inversión para que se comiencen a generar nuevos empleos.

Cortizo destacó que no está para imponer absolutamente nada, “estamos aquí para coordinar, para avanzar y para que nadie obstaculice el desarrollo económico y social de este país. Yo me siento honrado de estar aquí, de ser el Presidente, de liderizar un equipo como el que tenemos”.

Por su parte, el ministro del MOP, Rafael Sabonge, dijo que con esta ley, el gobierno da los primeros pasos para reactivar la economía, con incentivos que permitirán a la empresa privada invertir en infraestructuras públicas, que generaran empleos y mejorarán la calidad de vida de los panameños.

Agregó que la ley de la APP mejorará drásticamente la posición del Estado frente a los acuerdos públicos privados, ya que se establecerán instancias para reglamentar y regular los proyectos, que se escogerán a través de importantes criterios de legibilidad y de beneficio social

Entre los proyectos que se ejecutarán con la ley de la APP se destacan el metro cable de San Miguelito, la carretera del corredor Caribe entre Quebrada López y María Chiquita, la vía costanera desde Panamá Pacífico hasta el hospital Nicolás Solano y el anillo norte de la ciudad de David, explicó Sabonge.

Añadió que los primeros proyectos se podrán estar licitando en marzo y abril del próximo año y que al final todas estas obras retornarán en perfecto estado al gobierno.

El alcance de las APP

La nueva legislación establece que las contrataciones APP podrán ser aplicadas en todas las entidades del gobierno central, entidades autónomas y semiautónomas del sector público no financiero, municipios y sociedad mercantiles donde el Estado sea propietario de por lo menos el 51% de las acciones.

Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley, el IDAAN, el Canal de Panamá, bancos estatales, y los servicios de seguridad, entre otros, y también se establece que las reclamaciones que tengan las partes podrán ser atendidas por un tribunal de arbitraje de resolución de conflictos.

También quedó establecido que el Estado, a través de las entidades públicas contratantes, no será responsable de las consecuencias derivadas de los contratos que celebre la sociedad titular del contrato de APP con subcontratistas o empleados de cualquier índole.

Mediante el régimen especial de APP se han invertido cerca de B/.4 mil millones en Panamá, pero el país tiene una baja competitividad en la región en esta modalidad.

Un estudio del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) indicó que Panamá en tema de competitividad de APP ocupa la posición 14 de 21 países en la región.

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