jueves, julio 3, 2025

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Mucha gente pensante y con buenas intenciones para desarrollar un país que progrese en dirección de ofrecer la mejor calidad de vida a sus habitantes, cree que hemos llegado al punto para que se inicie un proceso formal para convocar una Asamblea Constituyente. Este sería el punto de partida para fortalecer la democracia en Panamá con el propósito de  desembocar en la aprobación de una nueva Constitución Política adaptada a las necesidades actuales y futuras, de la población. En cierto sentido, es como proponer iniciar una verdadera “revolución política” de forma pacífica que rearticule el diseño institucional del Estado y la forma de gobierno que esté realmente subordinado a la voluntad popular o poder constituyente del pueblo.

No hablamos de reformas  y cambios puntuales a determinados artículos de la Constitución vigente que a la postre no llegarían a cuestionar la legitimidad del articulado que se modifica y no alcanzan a satisfacer los cambios profundos que  se requieren.

Tenemos una Constitución que está funcionalmente obsoleta, además de ser ilegítima por antidemocrática, ya que no fue redactada por representantes autorizados por el propio pueblo sino por la influencia desprendida de una dictadura militar que se vivía al momento de su implementación.

Con un proceso constituyente, se abre paso político a una auténtica legitimidad democrática. Hay aspectos que son criticados constantemente por algunos juristas, políticos y la propia ciudadanía. La forma de escoger y aprobar el nombramiento de nuevos magistrados en Corte Suprema de Justicia. Asimismo, la escogencia de los Procuradores de la Nación, el General y el de Administración. Lo más criticado, el poder omnímodo dado a los Magistrados del Tribunal Electoral, que abraza y comprende todo lo concerniente a elecciones, sin dejar espacio para apelaciones ni reclamos viables, dejando en la indefensión a los participantes en contiendas electorales, a la vez que permite posibles manipulaciones de resultados de dichas elecciones.

Es posible convocar un proceso constituyente por iniciativa ciudadana desde las instituciones actualmente vigentes, es decir, de acuerdo al Titulo XIII sobre Reformas a la Constitución, artículos 313 y 314 y la reglamentación en Decreto 6 del 6 de marzo de 2012 dictado por el Tribunal Electoral. Lo único adicional que se necesita son ciudadanos decididos a “hacer lo que hay que hacer” para lograr el propósito para corregir el rumbo político hacia una democracia real y efectiva en el país.

No obstante, hay algunos obstáculos que salvar ya que estas instancias para modificar el régimen constitucional pueden dar pie a serias controversias entre los participantes de la Asamblea Constituyente, lo que podría hacer imposible la materialización de la misma.  Por lo tanto, hay que saltarse estos cerrojos constitucionales aplicando mecanismos que la sociedad fuerce o encuentre para abocar a un referéndum de activación del poder constituyente, el cual se mantiene hasta llegar a aceptar o rechazar la propuesta para una nueva Constitución Política

¿Qué obtenemos los ciudadanos con un proceso constituyente? Fundamentalmente, el vivir en un sistema elegido por nosotros mismos haciendo uso de nuestra libertad, nuestra dignidad y nuestra conciencia. Abrir la posibilidad de decidir sobre los derechos que queremos reconocernos y su grado de vinculación a los poderes públicos. Se podría actualizar la institucionalidad del Estado (Poderes del Estado y Ente Electoral) para que responda eficientemente a los ciudadanos, con una efectiva participación directa ciudadana en la toma de decisiones.

Aún así, algunos pueden pensar que esto es una utopía. Otros pensamos que no lo es.  Hay ejemplos en otros países donde ya funciona de forma exitosa una nueva plataforma constitucional basada sobre los conceptos de libertad, igualdad y fraternidad, siempre bajo un régimen civil.

Ing. Cristóbal Silva

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