En solicitud ciudadana de información, dirigida a la ministra de salud, la doctora Rosario Turner, bajo el amparo de la Ley 6 de 2002 (Ley de Transparencia), el ex secretario de comunicación del Estado y excandidato a diputado, Luis Eduardo Camacho Castro, solicitó que la Unidad Coordinadora del Programa de Saneamiento de Panamá, indique si se permite que personas jurídicas y naturales, realicen descargas directas de aguas residuales y lodos en las colectoras del Programa de Saneamiento de Panamá o en la planta de tratamiento y si en caso de ser afirmativa la respuesta, se les exige certificación que acredite el cumplimiento de los parámetros establecidos en el REGLAMENTO TÉCNICO COPANIT 39-2000-AGUA, que regula la descarga de efluentes directamente a sistemas de recolección de aguas residuales.
Camacho señala, que el Estado panameño, ha invertido millonarios recursos con el fin de recuperar la bahía de Panamá que se encontraba altamente contaminada, producto de las descargas de aguas residuales sin procesar y de otros tipos de desechos humanos. Estas millonarias inversiones también están dirigidas a la protección del medio ambiente, la mitigación y/o reversión de los daños causados por la actividad humana.
Al ser consultado sobre su solicitud, Camacho aseguró que los ciudadanos, no podemos ser ajenos a estos esfuerzos de protección del medio ambiente y tenemos la obligación de fiscalizar el buen uso de los recursos millonarios que se invierten con este fin.
La ley 33 del 30 de mayo de 2018, que establece la Política Basura Cero y su marco de acción para la gestión integral de residuos, y dicta otras disposiciones, determina en el numeral 1 del artículo 4, que la RESPONSABILIDAD COMPARTIDA, es uno de los principios rectores que la fundamentan. Indicando igualmente, que tienen parte en ella, las industrias, importadores, distribuidores, comerciantes, consumidores y cualquier gestor de residuos tanto públicos como privados.
«Me han informado, que ni las colectoras ni la plata central de tratamiento, están diseñadas para recibir descargas directas de residuos que no respeten los parámetros establecidos en el REGLAMENTO TÉCNICO COPANIT 39-2000-AGUA sin que estos sean previamente tratados. Hay que tener mucho cuidado con esto; particularmente si estamos hablando de invertir otras sumas millonarias, para playas en la bahía; por ello, solicite se me informara, ¿Con qué frecuencia se realizan muestreos de control a los camiones utilizados para el vertido, con el fin de verificar el cumplimiento de los parámetros que establece el citado Reglamento Técnico?», manifestó el también vocero del expresidente Martinelli.
Camacho, solicitó también ser informado, de si se han realizado procesos administrativos o denuncias ante otras autoridades en razón de violaciones detectadas al REGLAMENTO TÉCNICO COPANIT 39-2000-AGUA y en caso afirmativo, los listado de personas naturales y jurídicas, sancionadas o denunciadas por el incumplimiento del citado Reglamento Técnico; incluyendo: ¿En cuántas ocasiones han sido sancionados y en qué consistió la sanción?.