Varios han sido las propuestas de modificación al Proyecto de Ley 292 que modifica artículos a la ley electoral por parte de los diputados, anexando un total de 70 páginas al contenido discutido en la Comisión Nacional de Reformas Electorales.
Y es que la próxima semana se espera que culmine el periodo de exposiciones sobre el quinto bloque del Proyecto de Ley 292, donde se ha permitido dos vueltas de intervención a los oradores, y se procederá a los acuerdos en los temas para la aprobación en segundo debate del proyecto.
Temas como la transparencia, rendición de cuentas con los topes de financiamiento privado, público, publicidad de los donantes, además de la equidad de género, el sistema de votación o adjudicación de curules en circuitos plurinominales, y el periodo de las elecciones primarias, han sido los puntos más álgidos de la discusión.
Sobre el voto adelantado, se buscaría también que el servicio en la Fuerza Pública, el Cuerpo de Bomberos, el Sistema Nacional de Protección Civil, los delegados electorales, los servidores del Tribunal Electoral, la Fiscalía General Electoral y los miembros de las corporaciones electorales, voten de forma extemporánea para el cargo de presidente.
Incluso se aprobaría para las elecciones generales del 2019 un plan piloto con el voto adelantado que permitirá que los electores voten para todos los cargos, pero solo hasta la cantidad de electores que el TE determine en coordinación con el Consejo Nacional de los Partidos Políticos.
En el punto de las impugnaciones, se acordó que el fiscal general electoral o cualquier ciudadano o partido político legalmente constituido podrán impugnar el padrón electoral preliminar.
Sobre la publicación del padrón electoral preliminar, se faculta que el TE publicará y entregará una copia en medio digital, luego de resueltas definitivamente todas las reclamaciones e impugnaciones.
En cuanto a la restricción en los cargos, se propone mantener el periodo de seis meses, sin embargo un sector de los diputados apela a reducir aún más este tiempo.
Referente a la violación de este precepto, se agrega que el TE podrá iniciar a petición de partes el procedimiento para la inhabilitación de los ciudadanos.