martes, abril 23, 2024

Ley que regula conflicto de intereses en la función pública es sancionada

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El presidente de la República, Luarentino Cortizo, sancionó y promulgó la Ley 316 de 18 de agosto de 2022, que regula situaciones de conflicto de intereses en la función pública, que entrará en vigencia en seis meses.

Gracias a la nueva Ley, los funcionarios de alto cargo, deberán presentar declaración jurada de intereses en el plazo improrrogable de treinta días hábiles, contado a partir de la toma de posesión del cargo, además de cumplir con todas las disposiciones establecidas en la nueva Ley, que incluso toca participaciones accionarias de los funcionarios en empresas donde hacen parte y que son contratistas del Estado.

El diputado Gabriel Silva, proponente de la Ley celebró la sanción por parte del Ejecutivo.

Estarían obligados presentar la declaración los ministros y viceministros de Estado, el contralor y subcontralor general de la República, el defensor del pueblo, los jefes diplomáticos y consulares, el superintendente de Bancos, el superintendente del Mercado de Valores, el superintendente de Seguros y Reaseguros, los miembros de las juntas directivas que manejen fondos públicos o tomen decisiones al respecto, miembros de juntas directivas encargadas de administrar instituciones públicas, los directores generales, los gerentes o jefes de entidades autónomas o semiautónomas, la junta directiva de las asociaciones público-privadas, la junta directiva de los organismos no gubernamentales que hayan recibido o reciban fondos, capital o bienes del Estado, los administradores nacionales, los alcaldes y vicealcaldes, los representantes de corregimiento y concejales, los gobernadores y vicegobernadores.

También estarían obligados los empleados o funcionarios públicos de manejo conforme al Código Fiscal, es decir los diputados, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los jueces, los fiscales, el procurador general de la nación, el procurador de la Administración, el presidente y vicepresidente de la República y los magistrados del Tribunal Electoral, y cualquiera otro servidores público catalogado como autoridad máxima de su institución.

La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), será la encargada de procesar, investigar y sancionar a los funcionarios que violenten la norma.

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