El presidente de la República Laurentino Cortizo sancionó este jueves (17.12.2020), la Ley que reforma el Código Fiscal creando un régimen especial de impuesto sobre la renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas, empresarios y emprendedores cuyo ingreso total sea inferior a los B/. 500,000.00 anuales.
De acuerdo al mandatario esta sanción busca «impulsar la reactivación económica y aumentar el poder adquisitivo de las empresas».
La modificación del Código Fiscal propuesta por el ministro de Economía y Finanzas Héctor Alexander, establece un régimen especial tarifario a partir del período fiscal de 2020 para personas jurídicas de acuerdo al ingreso total anual de las micro, pequeñas y medianas empresas, empresarios y emprendedores.
Si el ingreso total es de hasta B/. 11,000.00 el impuesto a pagar sobre la Renta Neta Gravable será de 7.5%; de B/. 11,000.00 a B/. 36,000.00 pagará 10%; de B/. 36,000.00 a B/. 90,000.00 el 12.5%; de B/. 90,000.00 a B/. 150,000.00 el 15%; de B/. 150,000.00 a B/. 350,000.00 el 20% y de B/. 350,000.00 a B/. 500,000.00 pagará 22.5%.
La norma también exceptúa del pago de impuesto complementario a las personas jurídicas debidamente inscritas en el Registro Empresarial de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ampyme) y que no sean el resultado del fraccionamiento de una empresa que resulte en varias personas jurídicas, ni sea afiliada, subsidiaria o controlada por otras personas jurídicas.
Quedan exentas también quienes perciban ingresos brutos anuales que no excedan los (quinientos mil balboas) B/. 500,000.00 y aquellas en las que las acciones o cuotas de participación sean nominativas y que sus accionistas o socios sean personas naturales.
Para el cumplimiento de este artículo, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe comprobar todos los años dichas circunstancias, mientras que Órgano Ejecutivo a través del MEF determinará los requisitos formales que debe llenar la persona jurídica que desee acogerse a este régimen especial.