Un fallo de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia declaró «nula» la prohibición de pagar en efectivo a las plataformas tecnológicas que ofrecen el servicio de transporte, como Uber y Cabify, dispuesta por el Decreto 331 del 31 de octubre de 2017, que reglamentaba el servicio de transporte de lujo ofrecido a través de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Igualmente, declaró ilegal la restricción geográfica que establecía que el servicio solo se podía prestar en las provincias de Panamá Oeste, Coclé y Colón. La acción legal, fue presentada por Asociación de Consumidores Libres.
Jaime Raúl Molina, abogado de la Asociación de Consumidores Libres, manifestó que «El consumidor se anota un gran triunfo. La Asociación de Consumidores Libres, y este su servidor, estamos complacidos de haber interpuesto esta demanda de nulidad hace 2 años y de haber logrado el objetivo».
Las reacciones sobre la decisión de la Corte sobre el tema fue recibida positivamente en las redes sociales, donde muchos cibernautas calificaron la medida como una victoria para los consumidores y el país.