Mediante el Decreto Ejecutivo No. 204 de 8 de agosto de 2022, el Gobierno Nacional adoptó y reglamentó el programa de Retiro Voluntario para los Servidores Públicos, que tiene como objetivo reducir los gastos relacionada a la planilla estatal.
La medida aplica solamente para aquellos funcionarios que, tengan al menos dos años prestando sus servicios y para optar por este plan deben presentar su solicitud antes del 15 de noviembre de 2022.
Los funcionarios que decidan renunciar voluntariamente a su cargo tendrán derecho a un bono, cuyo monto esta fijado por el Articulo No. 3 del Decreto 204.
El programa no aplica para los funcionarios electos por elección popular, fuerza pública y miembros del Sistema de Protección Institucional juramentados, miembros permanentes del Benemérito Cuerpo de Bomberos, personal de carrera diplomática y consular, funcionarios de servicios transitorios, temporales o contingentes, personal de consultoría, inversión o servicios especiales, altos cargo de libre nombramiento y remoción, funcionarios con procesos disciplinarios o sancionados, y los funcionarios que hayan sido beneficiados por algún programa de retiro voluntario en el pasado.
Tampoco podrán optar por este retiro voluntario los funcionarios que, laboren en empresas públicas que se rigen por el Código de Trabajo y de las entidades autónomas, semiautónomas, empresas públicas e intermediarios financieros que cuenten con su propio programa de retiro, antes del Decreto No. 204.
Los servidores que adopten el plan de retiro voluntario no podrán ser nombrado nuevamente como personal fijo, ni contratado como personal transitorio, contingente o servicios especiales en el sector público, y para ser nuevamente ingresado al sector público deberá devolver el monto del bono con intereses, según lo establecido en el articulo 1072-A del Código Fiscal.