El Ministerio de Salud autorizó a las empresas y comercios la utilización de pruebas auto aplicadas avaladas por el Instituto Conmemorativo Gorgas para detectar el virus SARS-CoV-2 a fin de atender la demanda actual por el incremento de contagios de la COVID-19.
El Decreto No. 5 de hoy, 24 de enero de 2022, establece que, si la prueba auto aplicada es «no detectado», la persona se mantendrá en sus labores habituales, pero si el resultado es positivo la persona deberá acudir a un centro de hisopado público o privado a realizarse una prueba de antígeno o PCR.
Como medida adicional y optativa se autoriza en empresas y comercios crear centros de hisopados para detectar el virus SARS-COV-2 causante de la COVID-19, según la Resolución No. 274 de mayo de 2021 a la cual deberán ajustarse las empresas que tengan interés de hacer hisopados.
Para los pacientes cuya prueba de COVID-19 (antígeno o PCR) resulte positiva se aprobó un aislamiento por siete días, donde corresponda de acuerdo con su situación clínica.
Se estableció que el paciente se debe realizar prueba de antígeno al quinto día. Si el resultado es negativo puede reincorporarse al trabajo, si el resultado es positivo debe continuar con el aislamiento y repetir la prueba séptimo día.
Según el nuevo procedimiento, si al séptimo día el resultado es negativo puede reincorporarse a sus labores habituales. Si el resultado es positivo se prolonga el aislamiento hasta el décimo día.
El Decreto señala que deberán realizarse cuarentena de cinco días las personas siguientes que haya tenido contacto estrecho con un paciente positivo y desarrollado síntomas, y que cuente o no con el esquema completo de vacunación contra la COVID-19.
Igualmente deberán guardar cuarentena de cinco días, aquellos que hayan tenido contacto estrecho con paciente positivo y no hayan desarrollado síntomas, pero no tengan el esquema completo de vacunación contra la COVID-19. En todo caso ambas deben hacerse prueba de antígeno al quinto día.