Una resolución que establece el procedimiento para la elección de un magistrado del Tribunal Electoral y su suplente fue aprobada por el pleno de la Asamblea Nacional.
El proponente de la propuesta, Jorge Alberto Rosas, indicó que le corresponderá a la Secretaría General de la Asamblea Nacional hacer efectiva la publicación a fin recibir las postulaciones pertinentes y posteriormente le corresponderá a la Comisión de Credenciales hacer la revisión de los créditos de quienes aspiran a ocupar el cargo.
Las documentaciones de los aspirantes a ocupar el cargo de magistrado del Tribunal Electoral podrán ser presentadas ante la Secretaría General de la Asamblea Nacional y luego en el pleno le corresponderá a los diputados hacer las postulaciones sobre la base de las pretensiones de los aspirantes, dijo el diputado Rosas.
Las personas interesadas en ser designadas como magistrado principal o suplente del Tribunal Electoral presentarán su aspiración por escrito ante la Secretaría General de la Asamblea Nacional en horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., hasta por un término de cinco días hábiles, contado a partir de la última publicación de la convocatoria que haga el presidente de la Comisión de Credenciales, Reglamento, Ética Parlamentaria y Asuntos Judiciales, que se realizarán en un diario de circulación nacional por dos días.
Los aspirantes tendrán que presentar hoja de vida, certificado de nacimiento, copia autenticada de cédula de identidad personal, declaración jurada en la que conste que no tiene antecedentes personales y que no se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones establecidas en el artículo 203 de la Constitución Política, Certificados y diplomas de estudios realizados.
Las copias de diplomas que confieren títulos universitarios deberán estar acompañadas por el original debidamente autenticado para su cotejo al momento de recibo de los documentos. El origina será devuelto al candidato inmediatamente recibidos dicho documentos.
También deberán presentar copia del Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia en el que conste que es abogado idóneo y una resolución del Órgano Ejecutivo que lo declara idóneo para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia.