domingo, septiembre 15, 2024

Aprueban normas para la prestación del servicio de Internet de uso público

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Los clientes del Servicio de Internet para Uso Público en Panamá que confronten interrupciones temporales durante un periodo de facturación, por causas no atribuibles a éste, recibirán del concesionario una acreditación mensual fija de internet, como parte de las nuevas normas aprobadas por la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) para regular este sector.

Mediante una consulta, que incluyó a concesionarios del servicio, se determinó aprobar las normas para la prestación del Servicio de Internet para Uso Público que permitirán establecer las condiciones y parámetros de calidad para la prestación de este servicio en el territorio nacional.
La norma establece que los proveedores de internet deberán cumplir con las capacidades y velocidades que suministran a sus suscriptores.

Mediante resolución AN No. 10130-Telco de 5 de junio de 2016, la ASEP determinó aprobar esta medida luego de detectarse una serie de inconvenientes en la prestación de este servicio, las cuales estaban afectando los derechos de clientes y usuarios, como retraso en la instalación, falta de disponibilidad o interrupción, entre otras.

La medida establece que los concesionarios que presten este servicio, tendrán la obligación de aplicar los principios de tratamiento igualitario y no discriminatorio entre los usuarios, asegurando la calidad y eficiencia del mismo.

Entre los parámetros a cumplir se incluyen: indicadores de calidad, infraestructura, medición, publicación de los indicadores, atención y reparación de fallas del sistema, interrupción del servicio, herramienta de verificación y suministro de información.

Se advirtió que los concesionarios del servicio de internet para uso público deberán remitir para la revisión de la ASEP el modelo de contrato de suministro del servicio o la respectiva adenda dentro de los 90 días siguientes a la entrada en vigencia de la presente reglamentación.

También se establece que un cliente que confronte interrupciones temporales del servicio durante un periodo de facturación, por causas no atribuibles a éste, deberá recibir del concesionario una acreditación mensual fija por servicio de internet y otros cargos relacionados con el mismo, prorrateado por el tiempo que hubiese durado la interrupción.

En la factura respectiva, deberá constar la fecha, duración y cálculo de cuantía de lo acreditado al cliente.

El servicio de internet para uso público (211) es aquel que permite a un cliente conectarse con la red mundial internet, que no incluye la conexión física o inalámbrica entre el cliente de internet y el concesionario del servicio, que es el proveedor de acceso a la red mundial de internet.

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